Oficina de Control Disciplinario

¿Qué hacemos?

Adelantar los procesos disciplinarios correspondientes a la etapa de instrucción (Profesional Universitario código 219-02) (Indagación previa, archivo, apertura de investigación, practica de pruebas y pliego de cargos) así mismo, tramitarlos en etapa de juzgamiento (Jefe de Control Disciplinario) que permitan determinar la responsabilidad de los servidores y ex servidores públicos del Instituto, por el incumplimiento de los deberes e infringir las prohibiciones establecidas en el Código General Disciplinario y demás normas concordantes.

¿Cómo opera el área?

Abarca la integralidad del proceso, desde la instrucción disciplinaria —tramitando las quejas hasta la formulación del pliego de cargos o su archivo— hasta la etapa definitiva de juzgamiento.

Entrega de información

Para allegar actuaciones presenciales o por Email a: instruccion_disciplinario@infibague.gov.co
El horario es: Lunes a jueves: 7:00 am – 12:00 m | 2:00 pm – 5:30 pm
Viernes: 7:00 am – 3:00 pm
Ver Circular 3/2025

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